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Expediente de Regulación de Empleo. ERE

El Expediente de Regulación de Empleo es un procedimiento administrativo que se solicita a la Autoridad Laboral para suspender o extinguir definitivamente las relaciones laborales entre una empresa y sus trabajadores.

Cuando el empresario acude a un Expediente de Regulación de Empleo es porque la situación de su empresa desde el punto de vista económico es insostenible. Con las medidas propuestas en el Expediente de Regulación de Empleo se prevé que la empresa pueda superar su situación de crisis y no se vea obligada a cerrar.

Por ello se deben alegar y demostrar esos motivos económicos. Debe tratarse de causas relacionadas con la empresa, en ningún caso es válido alegar una crisis en el sector concreto de su actividad.

La tramitación de un Expediente de Regulación de Empleo sólo se puede iniciar en alguno de los siguientes casos:

a.- Despido Colectivo o suspensión basado en causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción, cuando la finalidad sea hacer posible la viabilidad de la empresa.

b.- Despido Colectivo o suspensión de la relación laboral por causas de fuerza mayor.

c.-Por muerte del empresario o la desaparición de la personalidad jurídica de la empresa.

Se producirá un despido colectivo cuando se produzca la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte al menos a:

  • Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores
  • El 10 por 100 del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores
  • Treinta trabajadores en las empresas que ocupen trescientos o más trabajadores
  • Se entenderá igualmente como despido colectivo la extinción de los contratos de trabajo que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco, cuando aquél se produzca como consecuencia de la cesación total de su actividad empresarial fundada en las mismas causas anteriormente señaladas

En el cómputo del número de trabajadores afectados se tendrán también en cuenta a los trabajadores que hayan sido despedidos por el empresario al margen del despido colectivo, pero no aquellos trabajadores cuyo contrato se extinguió por terminación del tiempo convenido, finalización de obra o servicio, interinidad, etc.

Clases de Expedientes de Regulación de Empleo

Los tipos de Expediente de Regulación de Empleo son:

  1. Expediente de Regulación de Empleo de Extinción

    En este caso, es obligatorio un periodo de consultas entre la empresa y los trabajadores de una duración no inferior a 30 días, salvo en el caso de que la empresa tenga menos de 50 trabajadores, en cuyo caso el periodo tendrá una duración de 15 días como mínimo. En el momento en que ambas partes llegan a un acuerdo la negociación se podrá dar por finalizada, presentando el Acta Final a la Autoridad Laboral. Si no se llega a un acuerdo, la Autoridad Laboral será la encargada de decidir si se acepta o no la regulación de empleo.

  2. Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o reducción de jornada

    Si por el contrario las causas que lo motivan son económicas y de producción meramente temporales, lo que se debe solicitar es un Expediente de Regulación de Empleo de Suspensión o Reducción de Jornada, según las necesidades productivas que tenga la empresa.

    Con ello se pretende que las empresas que se ven obligadas a prescindir de algunos trabajadores temporalmente para garantizar su viabilidad puedan llevarla a cabo. Es algo que puede ser beneficioso para la empresa, ya que la permite continuar con su actividad, y del mismo modo los trabajadores tienen la opción de regresar a su empleo cuando mejoran las condiciones de la empresa.

Procedimiento para solicitar Expediente de Regulación de Empleo

El primer paso para iniciar el procedimiento del Expediente de Regulación de Empleo es:

  1. Que el empresario o, en su caso, los trabajadores, envíen la solicitud del Expediente de Regulación de Empleo a la Autoridad Laboral competente dentro de su Comunidad Autónoma. Si la empresa que se ve afectada por el Expediente de Regulación tiene centros en varias Comunidades Autónomas, el organismo competente para resolver dicho Expediente es el Ministerio de Trabajo.
  2. El empresario debe enviar una comunicación fehaciente a los trabajadores o a sus representantes para iniciar un periodo de consultas y diálogo para alcanzar algún acuerdo.
  3. La solicitud que se envía al organismo competente debe ir acompañada de la siguiente documentación:
    • Fotocopia del aviso que se ha enviado a los trabajadores
    • Memoria que resuma y explique las causas que se alegan
    • Documentos acreditativos de la situación en la que se basa la petición del Expediente
    • Informe del número de trabajadores, de sus funciones y de aquellos que se verán afectados
    • Plan de viabilidad si la empresa tienen una plantilla de 50 o más trabajadores

Nuestro despacho le asesora sobre estos y otros puntos relativos a los Expedientes de Regulación de Empleo. Nuestros abogados laboralistas le asesorarán sobre cualquier aspecto que su empresa necesite. Contamos con profesionales altamente especializado y con amplia experiencia en la tramitación de Expedientes de Regulación de Empleo.

Tiene la posibilidad, además, de contratar con nosotros nuestro servicio se IGUALA JURÍDICA, con el que estará asesorado permanentemente ante cualquier contingencia que tenga en su empresa, incluido el procedimiento a seguir en caso de necesitar iniciar un procedimiento de Expediente de Regulación de Empleo.

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